La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico mensual que se entrega a los mayores de 65 años que no integren el 10% más rico de la población, además de cumplir con otros requisitos y entrega un monto de hasta $193.917 pesos.

¿Puedo recibir la PGU siaún no me pensiono?

Sí, es posible recibir la Pensión Garantizada Universal en caso que aun no estes pensionado, sin embargo, debes cumplir con otros requisitos como:

  • Tener65 años o más.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al10 % más rico de la población de 65 o más años.Esto se analiza internamente una vez ingresada la solicitud, para lo cual se determina un puntaje de focalización previsional, con antecedentes de diversas instituciones. Es importante señalar que el puntaje resultante no corresponde al mismo del Registro Social de Hogares. De todas maneras, las personas tienen que estar inscritas previamente en este registro, porque desde ahí se recogen algunos antecedentes.
  • Contarcon unapensión base menor a $1.048.200.

Acreditar residencia en Chile en estos dos casos:

  1. Un periodo no inferior a 20 años continuos o discontinuos,desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
  2. Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco añosinmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.

El subdirector de Servicios al Cliente del Instituto de PrevisiónSocial (IPS), Juan José Cárcamo, aseguróque “Una persona que no se ha pensionado -o que aún trabaja- puede solicitar la PGU, si tiene 65 o más años y cumple con los demás requisitos legales. Lo importante es que no deje de consultar por el beneficio y las condiciones para acceder a éste. Hay que recordar que, por ley, se requiere realizar el trámite de solicitud, sea en línea o en alguna sucursal”.

¿Cómo solicitarlo?

  • Puedes solicitarlo los 365 días del año a través de este ENLACE, con ClaveÚnica.
  • También puedes hacerlo de lunes a viernes mediante una videoatención en www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl.
  • Sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS.
  • Municipalidades.
  • A través de las AFP o compañías de seguros, si la persona está afiliada a una de esas entidades.

Es importante destacar que afiliados o pensionados a Dipreca y Capredena no podrán solicitar el beneficio, ya que así está estipulado.