El Bono al Trabajo a la Mujer o Bono Mujer Trabajadora, es un beneficio en dinero que entrega el Estado para mejorar los ingresos de las mujeres trabajadoras que tengan desde 25 años hasta 59 años y 11 meses de edad, que trabajen de manera dependiente o independiente y que pertenezcan al 40% de las familias más vulnerables de la población, de acuerdo a los datos del Registro Social de Hogares.
Los pagos del Bono al Trabajo de la Mujer son de hasta $646.973 anuales y el monto se puede entregar de forma anual, con el pago completo; o mensual, por medio de anticipos del pago anual.
Quienes cumplan con los requisitos, pueden optar a recibir el pago del aporte, en caso de percibir una renta bruta anual inferior a $7.278.446 o inferior a $606.537 mensuales; además deben tener las cotizaciones obligatorias al día, no trabajar en alguna institución del Estado (incluyendo municipalidades) o empresas que reciban un aporte estatal igual o superior al 50%. En el caso de trabajadoras independientes, se exige la emisión de boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII) anualmente.
Eso sí, hay quienes podrían no recibir el aporte, pese a cumplir con todos los requisitos, ya que uno de los beneficios sociales que entrega el Estado es incompatible con la entrega del aporte económico a mujeres trabajadoras.
¿Qué beneficio es incompatible con el Bono al Trabajo de la Mujer?
De acuerdo a la información entregada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, las mujeres que perciban ingresos por el Bono al Trabajo de la Mujer no pueden recibir, además, el Subsidio Ingreso Mínimo Garantizado.
Si alguna beneficiaria califica para los dos aportes económicos estatales, debe decidir con cuál de los dos debe quedarse.