El domingo 7 de mayo se llevará a cabo la elección del Consejo Constitucional, y muy pronto el Servicio Electoral de Chile (Servel) dará a conocer la lista definitiva de vocales de mesa, quienes deberán presentarse obligatoriamente a ejercer su labor.
¿Cuándo publican los vocales de mesa definitivos?
La nómina de vocales de mesa reemplazantes y definitivos se dará a conocer por el Servel el sábado 22 de abril, y no habrá periodo de excusas.
Si todavía no sabes si te toca ser vocal de mesa, o no conoces tus datos electorales, debes ingresar a la página web del Servel AQUÍ y digitar tu RUT. Luego de esto, automáticamente el sitio web te mostrará toda tu información.
¿Qué pasa si no me presento como vocal de mesa?
De acuerdo a información del Servel, "las multas para quienes no cumplan con su labor (como vocales de mesa) pueden ir desde los $124.000 a $500.000, aproximadamente".
¿Cuánto pagan a los vocales de mesa en las elecciones del 7 de mayo?
Los vocales de mesa por ejercer su deber en una elección, reciben dos tercios de UF, es decir, $23.500 pesos aproximadamente.
En cuanto a los nuevos vocales designados por las Juntas Electorales que acudan a la capacitación por ser la primera vez que ejercen, recibirán un monto adicional de 0,22 UF, y en total obtendrán cerca $32.500.
Cabe aclarar que este pago no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal, por lo que no será imponible ni tributable.
Cronograma Electoral
- Del 17 y 19 de abril (FINALIZADO): Es el plazo de excusas para quienes no puedan ejercer como vocales de mesa.
- Sábado 22 de abril: Publicación de nóminas de vocales de mesas reemplazantes. Vencimiento de plazo para divulgar resultados de encuestas.
- Jueves 4 de mayo: Cierre de propaganda electoral.
- Domingo 7 de mayo: Se realiza la elección del Consejo Constitucional. Las Oficinas Electorales funcionan desde las 07:00 horas. Los vocales se reúnen en los locales respectivos a las 08:00 horas de la mañana y comienza el funcionamiento de las Mesas Receptoras de Sufragios. A las 18:00 horas y siempre que no hubiere algún elector que deseare sufragar, el presidente de la Mesa Receptora de Sufragios declarará cerrada la votación.