Revuelo ha causado en nuestro país el dictamen de la Dirección del Trabajo que revela que los empleadores no están obligados a pagar sueldos en una situación como la pandemia del coronavirus.

Dicho documento indica que ante situaciones restrictivas "como son la cuarentena, el cordón sanitario o el toque de queda, al ser actos de autoridad que responden a una situación de emergencia sanitaria (...) se exonera a las partes de las obligaciones recíprocas que les impone el contrato de trabajo".

Esto quiere decir que, a "saber, otorgar el trabajo convenido y pagar la remuneración de parte del empleador y asistir a prestar los servicios pactados por parte del trabajador".

El dictamen ha generado revuelo en los trabajadores de nuestro país que se ven imposibilitados de asistir, ya sea por medidas de cuarentena o responsabilidad con sus familiares que sean foco y que pueden estar en riesgo de contagio.

La ministra del trabajo, María José Zaldivar, se refirió al documento, señalando que "un empleador que no puede pagar las remuneraciones porque está sin ingresos es un drama y no tenemos la forma de como obligar al empleador".

"Estoy pensando en los transportistas escolares, no sé si los padres van a pagar durante el mes de abril el transporte porque todo el mes de marzo no fueron trasladados", lanzó como ejemplo. "En esos casos se suspende la obligación de pagar los ingresos, salvo que las partes hayan podido llegar a un acuerdo que sea más ventajoso para el trabajador", complementó.