Pocos escenarios son tan adversos económicamente como lo es quedar sin trabajo, más en el complejo presente actual donde el costo de la vida ha ido en paulatino aumento y en productos esenciales, como el combustible, harina, aceite, etc. Para ayudar esta situación, existen algunos bonos para cesantes.

Estos beneficios van en rescate de las personas que han perdido su ocupación laboral, con todas las complicaciones monetarias que significa este escenario. Es por esto cada peso extra es muy útil para ayudar a paliar esta situación mientras se logra encontrar un nuevo trabajo. Revisa a continuación cuáles son las ayudas a las que puede optar alguien cesante.

¿Qué bonos hay para personas cesantes en este 2022?

Seguro de Cesantía:

Este es un fondo al que tienen derecho las personas con contrato. Este se puede solicitar a través de la página web la Administradora de Fondo de Cesantía (AFC) o en forma presencial en sus sucursales. Consta de los siguientes beneficios:

  • Un monto de dinero.
  • Beneficios de salud.
  • Pago de asignación familiar.

Fondo de Cesantía Solidario:

Le entrega beneficios mínimos a los afiliados a la Administradora de Fondo de Cesantía (AFC) que no cuenten con los recursos suficientes en su cuenta individual al momento de quedar sin trabajo. También se puede solicitar cuando ya se han agotado los fondos del Seguro de Cesantía. Se puede pedir a través de la página web la AFC o en forma presencial en sus sucursales

Subsidio de Cesantía:

Para quienes no estén afiliados al Seguro de Cesantía, pueden acceder a esta ayuda económica mensual por un máximo de 360 días y que da derecho a

  • Asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud.
  • Recibir asignación familiar y/o maternal por sus cargas reconocidas.
  • Asignación por muerte, en caso de fallecer.

Cuenta de ahorro de indemnización:

Es una compensación por el término de contrato que complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios (y a la cobertura del Seguro de Cesantía). Puede ser cobrada en la AFP con los documentos correspondientes que acrediten el término de la relación laboral.