El Gobierno de Chile entrega diversos beneficios estatales, entre ellos destacan los que están destinados a la familia como el Bono por Hijo, aporte económico que se entrega a quienes seanmadres por cada hijo nacido vivo, que mantuvieron o mantengan bajo su cuidado.

Revisa en qué momento se entrega el Bono por Hijo

ElBono por Hijoes un aporte que aumenta el monto de la pensión de la mujer a través de laentrega de una bonificación a quienes cumplan con lo solicitado.

Por lo tanto, no se paga cuando nace el hijo, sino quejunto a la pensión de la madre. No es necesario postular, ya quese entrega de manera automáticaa las mujeres que cumplan con losrequisitos solicitadospor el IPS:

  • Edad:tener 65 o más años de edad.
  • Descendencia:haber tenido hijos vivos o adoptados en cualquier época.
  • Residencia:tener al menos 20 años de residencia en el país, luego de haber cumplido 20 años de edad; y haber vivido en Chile cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el beneficio. A quienes se encuentran registradas en la Oficina de Retorno y Diplomáticos, se les computará el tiempo que vivieron en el extranjero.
  • Ser Pensionada:Estar pensionado desde el 1º de Julio de 2009 en adelanteen alguna de las siguientes tres modalidades:

– Encontrarse afiliada a algunaAFP.

– Recibir una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), que actualmente corresponde a laPensión Garantizada Universal(PGU).

– Recibir unaPensión de Supervivencia(con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS) en caso de no encontrarse afiliada a un régimen previsional.

¿Cuál es el monto del Bono por Hijo?

  • El monto de pagoes el10% de 18 ingresos mínimos mensuales(fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años).El bono se fija ycomienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y se calcula de la siguiente forma:
  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009,se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165.000).
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009,el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
  • En caso de hijos adoptados, el beneficio se generará tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.