El Estado entrega bonos y beneficiospara que las personas que se encuentran cesantes reciban algún ingreso. Actualmente, según la última estimación del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) en marzo había una tasa de desempleo de 7,8%.
Este pocrentaje ha subido un par de décimas desde que empezó el año, sin embargo, es una tasa de desempleo normal que no está ni de cerca al 13% que se llegó en julio de 2020, el peor momento de la pandemia. A continuación revisa quéderechos y beneficios puedes obtener si estás cesante.
¿A qué beneficios puedo postular si estoy cesante y cuáles son sus requisitos?
Existen cuatro beneficios al que pueden acceder las personas que se encuentren sin trabajo:
Seguro de Cesantía
Este es un derecho al que pueden accederlostrabajadores y trabajadoras que estén afiliadas a la Administradora de Fondos de Cesantía(AFC). Además, deben haber estado trabajando de forma dependendiente, sin importar si el contrato era indefinido, a plazo fijo o por obra.
Los otros requisitos para acceder a este beneficio son:
- Estarcesantey haber finalizado tu última relación laboral por contratocon alguna de las causales contempladas en el Código del Trabajo. Estas son despido, fin de contrato, ytambién para quienes hayan decidido renunciar a su empleo.
- Paracontrato indefinido o de trabajador de casa particular:contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, ya sea con uno o más empleadores.
- Paracontrato a plazo fijo, obra o servicio determinado:tener 6 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, ya sea con uno o más empleadores.
Si cumples con los requisitos puedes postular AQUÍcon tu RUT y ClaveÚnica.
Subsidio de Cesantía
Este beneficio está dirigido para los trabajadores que no están afiliados alSeguro de Cesantía, y entrega un aporte económico mensual por casi un año. Los requisitos para recibir este subsidio son:
- Estar cesante, entendiéndose que lo están los trabajadores dependientes que con posterioridad al 1° de agosto de 1974 fueren despedidos por causas ajenas a su voluntad o que no le fueren imputables. Respecto de los trabajadores independientes, se entenderá que lo están cuando reunieren las condiciones establecidas en las disposiciones legales o reglamentarias que les eran aplicables a la citada fecha.
- Tener a lo menos, 52 semanas o12 meses continuos o discontinuos, de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de la cesantía.
- Estar inscritoen los Registros de Cesantía que deberá llevar cada institución previsional y cada municipalidad con el fin de asignarles trabajos de asistencia en beneficio de la comunidad.
- No estar afectos al Régimen del Seguro de Desempleo.
Para solicitar el beneficio debes dirigirte a algún centrode atención del IPS o en una Caja de Compensación si estás afiliado a alguna.
Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Está dirigido para quienes no cuentan con recursos suficientes en su Seguro de Cesantía o también para las personas a que estaban recibiendo el Seguro pero que se les acabó el dinero y aún no encuentran empleo. Además debes cumplir con estos requisitos:
- Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido, las que deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
- Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- El contrato de trabajo debe haberterminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Activar tu cuenta en la Bolsa Nacional de Empleoy aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.
Para postular a este beneficio debes acceder a este ENLACEcon tu RUT y ClaveÚnica.
Cuenta de ahorro de indemnización
Corresponde a una indemnización por término de contratoque complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios yla cobertura del Seguro de Cesantía.
Los trabajadores regidos por elCódigo del Trabajoque llevenmás de seis añosen una empresa pueden pactar con su empleador lasustitución de la indemnización legalpor una indemnización a todo evento.
Laindemnización a todo eventose paga cuando se termina el contrato de trabajo por cualquier causa, teniendo efecto solo después del sexto año de servicio, con un tope de 11 años.
Los trabajadores con contrato vigente al 1 de diciembre de 1990 y que hayan sido contratados con anterioridad al 14 de agosto de 1981 tienen derecho a pactar con su empleador una indemnización sustitutivasin límite de años.
En el caso de las y los trabajadores de casa particular,por leylos empleadores tienen la obligación de efectuar los aportes.
El dinero se paga en una AFP, que se encarga de realizar la cobranza y administración de los fondos, por lo que debes inscribirte en alguna para recibir estos fondos.
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