Lo primero que debes saber, es que las acreencias bancarias son dineros que no han tenido movimientos y el banco aún los tiene bajo su custodia esperando que sean retirados.

Esto puede suceder debido a se olvida por desconocimiento del titular, es importante que estos montos pueden caducar si sus destinatarios no las cobran, ya que el plazo es de tres años para poder ser reclamadoss y al darse como perdidas son destinadas a la Tesorería General de la República.

En esa línea, el primer mes de cada año, los bancos e instituciones financieras fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), deben realizar una listado con las acreencias afectas a caducidad, es decir que hayan cumplido dos años sin movimiento en el año calendario anterior.

A raíz de esto la CMF señaló lo siguiente:“Los dos años, se cuentan desde que debió haber sido cobrada por su titular, o bien, desde la fecha en que se registró el último giro. Adicionalmente, en marzo de cada año, dichas instituciones deberán publicar en el Diario Oficial las acreencias que individualmente superen las 5 UF”.

A continuación, te contamos más detalles de la medida.


Bucador de Acreencias Bancarias: Revisa aquí con tu nombre si tienes dineros pendientes

Para realizar este trámite, no se requiere información adicional mas que el nombre de la persona, es gratuito y el buscador arroja de inmediato los resultados.

Para saber si tienes acreencias bancarias, INGRESA AQUÍ al sitio web de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), debes escribir tu nombre. Si la busqueda es positiva, obtendrás el monto que tienes por cobrar, el año y el detalle.