La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, junto al Subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, y al director nacional del IPS, Patricio Coronado, anunciaron que en septiembre se empezará a pagar el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023.

En la ceremonia realizada en Pedro Aguirre Cerda, las autoridades confirmaron que el monto del beneficio para este año será de $23.261. A la vez, aseguraron que algunos adultos mayores recibirán un pago extra. De esta forma, desde el Gobierno aseguraron que realizarán un gasto superior a los 67.000 millones de pesos.

¿Qué pensionados reciben el pago adicional del Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Los adultos mayores que recibirán un aumento en el pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias serán quienes tengan cargas familiares acreditada en el IPS al 31 de agosto de 2023.

En estos casos, el pensionado recibirá los $23.261 que le corresponden, más un monto adicional de $11.933 por cada carga familiar.

Caba aclarar que este monto extra se paga incluso a quienes no tienen derecho a cobrar Asignación Familiar, ya que su ingreso mensual es superior a $979.330, es decir, pertenecen al tramo 4, según Ley Nº 21.456.

Este incremento del Aguinaldo por Fiestas Patrias para pensionados se deberá pagar a quien reciba o hubiera podido obtener la Asignación Familiar en los siguientes casos:

  • Estas asignaciones sean recibidas por una persona diferente al pensionado o pensionada.
  • Hubiese podido percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4.

¿Quiénes reciben el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Serán beneficiaros del Aguinaldo de Fiestas Patrias este año los adultos mayores que al 31 de agosto de 2023 estén en alguna de las siguientes calidades:

  • Personas pensionadas o pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Personas pensionadas o pensionados de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Personas pensionadas o pensionados de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

¿Se debe postular al Aguinaldo de Fiestas Patrias?

No, el Aguinaldo de Fiestas Patrias se entregará de forma automática sin necesidad de postulación a los adultos mayores que cumplan con los requisitos antes mencionados.

“Nuestros pensionados no tienen que hacer ningún trámite para recibir este aporte económico que les entrega el Estado, porque nuestra institución lo paga de manera automática”, explicó el presidente del IPS, quien además alertó que los beneficiarios no recibirán ningún mensaje o correo electrónico que les avise de este bono, para así evitar riesgo de estafas.

¿Cuándo es el pago del Bono Aguinaldo de Fiestas Patrias?

El pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias varía según cada persona, ya que se entrega junto a la pensión, es decir, en la misma fecha que la persona tenga asignada en septiembre para recibir su jubilación.

De esta forma, para ver si eres beneficiario y tu fecha de pago puedes consultar en IPS en Línea en la plataforma de ChileAtiende en este ENLACE con tu RUT.