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¿Me pueden cobrar propina en delivery? Sernac oficia a aplicaciones y anuncia multas

Uber Eats, Rappi, Pedidos Ya y Justo son las aplicaciones oficiadas por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).

Uber Eats fue parte de las apps oficiadas por Sernac.
© IMAGO/NurPhotoUber Eats fue parte de las apps oficiadas por Sernac.

La compra por delivery han vivido un verdadero auge en el último tiempo en nuestro país, ante esto el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) anunció un oficio hacia las principales empresas de este rubro por mal cumplimiento de la norma de propinas.

¿Me pueden cobrar propina en delivery? Sernac oficia a aplicaciones y anuncia multas

A través de un comunicado publicado en su sitio web, Sernac informó que pidió explicaciones a las empresas Uber Eats, Rappi, Pedidos Ya y Justo por diversas situaciones en materia de cobro de propinas.

En específico, se refiere a reclamos de los usuarios respecto a la predeterminación de dejar propina, además de conocer sobre qué montos realizan los cálculos de sugerencia del 10%.

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Uno de los problemas detectados por el Servicio elude directamente a Rappi, pues la sugerencia predeterminada de propina incluso no se ajusta al porcentaje establecido por la ley vigente, sugiriendo un 12%, en lugar del 10% legal.

Con respecto a este mismo punto, la institución señaló que, si los consumidores son obligados a dejar propina, la empresa estará cometiendo una infracción a la Ley del Consumidor por cobrar un precio superior al informado, arriesgando multas de hasta 300 UTM, es decir, más de 19 millones de pesos.

El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, explicó que “Es muy importante que los consumidores sepan que solamente se les puede sugerir un monto de la propina y que, si ellos están de acuerdo y han recibido un servicio de calidad, puedan entregar esa propina que es completamente voluntaria”.

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¿Qué dice la ley sobre las propinas?

La entidad señala que desde hace 10 años hay en Chile una normativa que obliga a preguntar a todos los clientes si desean agregar o no propina a su cuenta final, debiendo ser esa cifra de, al menos, el 10% del consumo y la que podrá pagarse en efectivo, débito o crédito, según corresponda.

En específico, esta normativa se aplica de manera exclusiva a establecimientos que atiendan público y que entreguen una atención adicional, por ejemplo, que cuenten con garzones.

Por tanto, incluye a restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares. Además, también se puede aplicar en estaciones de combustibles, pero en este caso no es obligatorio sugerir el 10%, debiendo solo preguntar por dicha posibilidad.

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