Entre los diversos beneficios que entrega el Estado de Chile a sus ciudadanos, nos encontramos con una serie de apoyos de carácter económico exclusivos para mujeres embarazadas.
¿Hay un bono para embarazadas? Estas son las ayudas a las que puedes acceder
Actualmente hay cuatro beneficios para mujeres embarazadas en Chile, estos son:
Asignación maternal:
- Si estás embarazada y eres trabajadora (dependiente o independiente) o eres carga de tu cónyuge, puedes acceder a la asignación maternal, que corresponde a un monto de dinero mensual que varía entre $2.786 y $14.366 dependiendo de tus ingresos.
- Subsidio para mujeres dueñas de casas: Si estás embarazada y no cotizas en una AFP, y tampoco en una institución de salud (Fonasa o Isapre), puedes acceder al Subsidio Familiar, también conocido como “SUF“.
Fuero Maternal:
Protege desde el inicio del embarazo y hasta que tu hijo o hija cumpla un año y 84 días, a menos que exista una licencia de descanso postnatal suplementario, la cual extendería el beneficio hasta un año después de terminado ese descanso.
Durante este período tu empleador no puede poner termino a tu contrato de trabajo, a menos que cuente con autorización previa del Tribunal Laboral competente.
Licencia Médica por enfermedad grave de un niño(a) menor de un año:
Es un derecho de las mujeres trabajadoras cuando la salud del hijo o de la hija requiera atención en el hogar con motivo de una enfermedad grave, circunstancia que debe ser acreditada mediante certificación médica.
La licencia médica debe ser autorizada por el COMPIN en el caso de los afiliados a Fonasa, o por la respectiva ISAPRE a la que está afiliado el trabajador o la trabajadora.
Descanso prenatal:
Permiso que las trabajadoras deben iniciar seis semanas antes de la fecha del parto, período que puede verse alterado si el parto se adelanta o la madre presenta alguna enfermedad.
- Prenatal suplementario: está asociado a una enfermedad causada por el embarazo, anterior a las seis semanas del descanso prenatal.
- Prenatal prorrogado: se extiende para completar el descanso prenatal si el bebé no ha nacido en la fecha prevista.
Descanso postnatal:
Después del parto las trabajadoras tienen derecho irrenunciable al permiso postnatal, cuya extensión será de 12 semanas.
Al menos 30 días antes del termino del postnatal, la trabajadora debe informar cómo hará uso del postnatal parental, por medio de una carta certificada a tu empleador y a la Inspección del Trabajo.
Descanso postnatal parental:
Al termino del descanso postnatal se inicia el permiso postnatal parental, el que se extenderá por el siguiente período (dependiendo de lo que opte la trabajadora):
- Doce semanas con jornada diaria completa y recibes el 100% de Subsidio Maternal con tope de 66 UF brutas.
- Dieciocho semanas por la mitad de la jornada diaria y recibes el 50% de Subsidio Maternal. En este caso es necesario presentar un aviso al empleador, informando que se optará por el postnatal parental parcial.