Las Fiestas Patrias están ad portas de llegar con la celebración del 18 de septiembre en Chile, festividad que no solo trae consigo las comidas y tradiciones chilenas. Sino que también es el mes en que se entrega el esperado aguinaldo, dinero que reciben ciertos trabajadores y pensionados que cumplan con los requisitos solicitados.

El bono para adultos mayores que aumenta el monto de la pensión en septiembre

Se trata del Aguinaldo de Fiestas Patrias a pensionados que este 2023 tiene un monto de $23.261 según informa el IPS. Otro dato importante es que a este monto base se le suman $11.933 por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2023.

Se paga una vez al año junto a la pensión de septiembre de cada beneficiario y es importante destacar que este dinero no está afecto a descuentos, por lo tanto no se considera en el pago de impuestos, cotizaciones previsionales y/o de salud.

¿Qué pensionados reciben el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Desde el IPS informan que este aporte lo reciben personas que al 31 de agosto de 2023 tengan alguna de estas calidades:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

Aguinaldo de Fiestas Patrias para el sector privado

Desde el IPS indican que para los empleadores, otorgar aguinaldo a sus trabajadores no es una obligación de fuente legal (como sí lo son, por ejemplo, las gratificaciones).

No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:

  • Esté contemplado en su contrato de trabajo.
  • Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
  • En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa) como un derecho de los trabajadores