Hace poco salió a la luz la noticia de una mujer de Punta Arenas que deberá devolver un subsidio habitacional de 725 UF (más de $26 millones de pesos) por no cumplir las condiciones del beneficio del Minvu.
Esta situación puede ocurrirle a cualquier beneficiario que incumplan los términos del subsidio. Revisa a continuación en qué casos puede suceder.
¿En qué casos se debe devolver un subsidio habitacional?
Un subsidio habitacional se deberá devolver si el beneficiario arrienda el inmueble antes del plazo establecido en el contrato de compraventa.
En este caso, el Serviu demandó a la mujer por arrendar a un tercero una vivienda ubicada en la comuna de Puerto Natales, que adquirió en 2016 gracias a un subsidio habitacional.
“El demandante vendió a la demandada una propiedad de calle Cerro Ballena, correspondiente al Sitio B-16 del Conjunto Habitacional Terranova II, también conocido como Conjunto Habitacional El Canelo, de Puerto Natales, en el precio de 820 UF, destinando a ello la compradora la cantidad de 725 UF que corresponden a subsidios que le fueron otorgados”, dice parte de la sentencia.
¿Cuánto tiempo debe pasar para poder arrendar la vivienda?
En este caso en particular, la mujer tenía la obligación de habitar la vivienda por al menos cinco años desde su entrega, antes de arrendarla o incluso cederla a un tercero de forma gratuita.
Debido a esto, el Serviu ahora está habilitado para cobrar el dinero que la mujer recibió por el subsidio.
¿Qué subsidios del Minvu permiten comprar una vivienda?
Existen cuatro subsidios del Minvu que permiten comprar una vivienda:
1. Leasing habitacional
Permite acceder a la oferta privada de viviendas de hasta 2.000 UF y 2.200 UF en las regiones del extremo norte y sur, a través de una sociedad inmobiliaria de leasing habitacional con la cual se celebra un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa.
Está dirigido a personas que pueden pagar un arriendo, pero que no tienen capacidad de generar ahorro suficiente para postular a otros sistemas de subsidio habitacional.
2. Subsidio DS19
Permite a familias que buscan adquirir su primera vivienda con apoyo del Estado, acceder a proyectos habitacionales en barrios bien localizados y cercanos a servicios, con estándares de calidad.
Se puede comprar viviendas de los siguientes valores:
- Sin deuda hipotecaria: hasta 1.100 UF
- Con deuda hipotecaria: hasta 1.400 UF
- Si aún no tienen subsidio: hasta 2.200 UF
3. Subsidio DS1
Permite a familias que no son dueñas de una vivienda y tienen capacidad de ahorro, acceder a una ayuda económica para comprar una casa o departamento nuevo o usado.
El valor de la vivienda depende del tramo:
- Tramo 1: hasta 1.100 UF
- Tramo 2: hasta 1.600 UF
- Tramo 3: hasta 2.200 UF
4. Subsidio DS49
Permite a familias que no son dueñas de una vivienda y viven en una situación de vulnerabilidad, comprar una vivienda construida sin deuda hipotecaria o integrarse a una de las iniciativas de la nómina de proyectos habitacionales del SERVIU de su región.
El aporte base es de 314 UF, el cual puede aumentar según la ubicación geográfica de la vivienda y subsidios complementarios.
¿Has sido beneficiario de un subsidio habitacional?
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