El Subsidio al Empleo Joven es un beneficio del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), destinado a trabajadores jóvenes entre los 18 y 24 años de edad.

¿Cuándo entregan el pago anual del Subsidio al Empleo Joven?

Según información de ChileAtiende, el pago anual del Subsidio Empleo Joven se pagará en agosto de 2023.

¿Cuál es el monto del beneficio?

Los beneficiarios pueden elegir uno de los dos tipos de pagos: mensual o anual, y el monto que recibe la persona depende de su sueldo bruto.

Pago anual:

  • Tramo A: Con renta anual igual o inferior a $3.234.866, se puede recibir de $1 a $646.973.
  • Tramo B: Con renta anual superior a $3.234.866 e igual o inferior a $4.043.582, se recibe una cifra cercana a $646.973.
  • Tramo C: Con renta anual superior a $4.043.582 e inferior a $7.278.446, se puede recibir de $646.973 a $1.

Pago mensual:

  • Tramo A: Con renta mensual igual o inferior a $269.572, se puede recibir de $1 a $40.436.
  • Tramo B: Con renta mensual superior a $269.572 e igual o inferior a $336.965, se recibe una cifra cercana a $40.436.
  • Tramo C: Con renta mensual superior a $336.965 e inferior $606.537, se puede recibir de $40.436 a $1.

¿Cuáles son los requisitos del Subsidio al Empleo Joven?

Los requisitos del Subsidio al Empleo Joven son los siguientes:

  • Tener entre 18 a 24 años y 11 meses de edad.
  • Haber obtenido su licencia de enseñanza media hasta los 21 años.
  • Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad socioeconómica, según el Registro Social de Hogares.
  • Acreditar una renta bruta inferior a $606.537 (pagos provisionales mensuales año 2023).
  • Acreditar una renta bruta anual inferior a $7.278.446 pesos en el año calendario en que soliciten el beneficio (pago anual 2023).
  • Tener al día el pago de las cotizaciones previsionales y de salud.

Además, los trabajadores y trabajadoras dependientes tienen que:

  • Regirse por el Código del Trabajo.

Las personas trabajadoras independientes deben:

  • Acreditar rentas, según lo indica el N° 2 del artículo 42 de la ley sobre impuesto a la renta.
  • Estar al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud.