En el mes de septiembre se celebran las Fiestas Patrias en Chile y también suele estar acompañado con un importante aguinaldo para los empleados públicos y pensionados, quienes reciben un bono a mediados del mes.
¿Tengo que postular para recibir el Aguinaldo de Fiestas Patrias de septiembre?
No, el Aguinaldo de Fiestas Patrias se entrega a los grupos antes mencionados sin necesidad de postular.
Sin embargo, deben cumplir con ciertas condiciones para recibirlo:
Pensionados
- Personas que al 31 de agosto de 2023 tengan alguna de estas calidades:
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Aquellos pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
- Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
- Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Aquellos pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
- Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
- Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.
Trabajador Público
De acuerdo a lo manifestado en el artículo 8° de la Ley 21.526, recibirán el aguinaldo de Fiestas Patrias los trabajadores que, al 31 de agosto de 2023, “desempeñen cargos de planta o a contrata en las entidades a que se refiere el artículo 2 y a los trabajadores a que se refieren los artículos 3, 5 y 6”.
Montos del aguinaldo
Los montos que pueden recibir por el aguinaldo también cambia de acuerdo a si eres pensionado o trabajador público:
- Pensionados: Los pensionados reciben un monto base de $23.261 a través de sus pensiones más otro pago de $11.933 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto de 2023.
- Trabajador Público: Monto de $81.196 para los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2023 sea igual o inferior a $943.703; otro monto de $56.365 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.