Uno de los bonos más importantes que reciben las y los trabajades públicos de nuestro país es el Bono Post Laboral. Este es un aporte estatal que se entrega a quienes tienen bajas tasas de reemplazo en sus pensiones, y se paga de por vida en un monto mensual que este año llega a los $ 90.877 por cada beneficiado.

¿Cómo saber si recibes el Bono Post Laboral?

Para recibir el Bono Post Laboral debes antes haber solicitado el beneficio en tu lugar de trabajo una vez que hayas cumplido con los requisitos establecidos.

En caso de que no recuerdes si postulaste, puedes consultar en la Tesorería General de la República o en las instituciones con las que esta tenga convenio y te paguen tu pensión, como tu AFP o compañía de seguros.

Puedes llamar directamente a alguna de estas instituciones y consultar si recibes el pago, o bien asistir de forma presencial a preguntar.

¿Qué empleados públicos pueden optar al Bono Post Laboral?

Pueden optar al Bono Post Laboral las funcionarias y funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP que estén en las siguientes instituciones del Estado:

  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades
  • Corporaciones de Asistencia Judicial
  • Universidades estatales
  • Contraloría General de la República
  • Consejo Nacional de Televisión
  • Consejo Superior de Educación
  • Dirección General de Aeronáutica Civil
  • FONADIS
  • SERCOTEC
  • CONAF

¿Qué requisitos se exigen para postular al Bono Post Laboral?

Los empleados públicos que pueden solicitar el Bono Post Laboral deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
  • Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
  • Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

¿Cómo postular al Bono Post Laboral?

Si cumples con los requisitos antes establecidos debes solicitar el Bono Post Laboral dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión. La solicitud tienes que hacerla ante la jefatura superior del servicio u organismo en que estés trabajando.

Luego la Superintendencia de Pensiones deberá calcular la tasa de reemplazo a solicitud del organismo empleador de la funcionaria o funcionario para ver si resultas beneficiario.

Recuerda que este bono no es imponible, ni constituye indemnización o renta alguna, además es compatible con las indemnizaciones por años de servicio y con otras bonificaciones por retiro voluntario.