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¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía? Así puedes solicitar el bono si estás desempleado

Si te encuentras sin empleo a continuación te compartimos cómo cobrar el Seguro de Cesantía.

¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía?
© JAVIER SALVO/ATONCHILE¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía?

El desempleo en nuestro país sigue aumentando y el Seguro de Cesantía es una gran opción para tener dinero durante la época que encuentras un nuevo trabajo, a este beneficio pueden acceder todos los trabajadores que hayan perdido su empleo ya sea por renuncia, despido o fin de su contrato laboral. 

El dinero recaudado del seguro de cesantía lo debes cobrar directamente en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), la cual se encarga de administrar el dinero ahorrado en la cuenta individual de cesantía mientras te encuentras trabajando. A continuación te compartimos cómo cobrar este importante beneficio.

La forma correcta de cobrar el Seguro de Cesantía y ver el saldo en la AFC

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¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía?

Realizar el cobro del Seguro de Cesantía es fácil y rápido solo tienes que hacer clic AQUÍ, una vez en el sitio debes ingresar con tu RUT, Clave única o Clave de la AFC. Luego debes completar los datos e ingresar el finiquito o documento que acredite tu cesantía. 

Si no tienes tu finiquito puedes llevar los siguientes documentos:

  • Carta de despido: emitida y firmada por el empleador.
  • Comprobante de carta de despido: emitido por la Dirección del Trabajo.
  • Carta de renuncia: firmada por el trabajador y ratificada por un ministro de fe.
  • Carta de mutuo acuerdo: firmada por el trabajador y el empleador, ratificada ante un ministro de fe.
  • Carta de auto despido o despido indirecto: firmada por el trabajador.
  • Acta de avenimiento.
  • Acta de comparecencia o conciliación judicial.
  • Contrato de trabajo menor a 30 días.
  • Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios.
  • Certificado de término de relación laboral emitido por la Inspección del Trabajo.
  • Declaración jurada electrónica, emitida por la Dirección del Trabajo.
  • Comunicación de término de relación laboral por quiebra del empleador.
  • Conciliación ante la Dirección del Trabajo.
  • Sentencia judicial.
  • Demanda laboral.
¿Cuál es la diferencia entre el Seguro de Cesantía y el Fondo de Cesantía Solidario?

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Si deseas realizar el trámite de manera presencial debes dirigirte a cualquiera sucursal de la AFC con tu cédula de identidad y el finiquito correspondiente. 

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