El 26 de noviembre de 2019, en pleno Estallido Social, fue el último día en que Fabiola Campillai pudo ver. Ese día salió de su casa en San Bernardo para ir a trabajar. Mientras esperaba en un paradero, el ex capitán de Carabineros Patricio Maturana lanzó una bomba lacrimógena que le impactó en el rostro. Las consecuencias fueron gravísimas: perdió sus dos globos oculares, sufrió un Traumatismo Encéfalo Craneano (TEC), fracturas en la cara y cráneo, lo que la dejó ciega y sin sentido del olfato y del gusto.
Ayer jueves, la senadora tuiteó: "Tras un largo juicio, mañana (hoy) a las 11:00 am se dictará el veredicto. Tengo esperanza de que se hará justicia y de que se marcará un precedente en Chile, para mí y para todas las víctimas de violaciones a los derechos humanos".
La justicia le dio la razón. El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de San Bernardo declaró culpable al excarabinero Patricio Maturana por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas contra la ahora senadora Fabiola Campillai.
“Con ocasión de la aplicación de apremios ilegítimos, la ofendida resultó con lesiones graves gravísimas desde que sufrió estallido ocular bilateral, pérdida total y pérdida de otros dos de sus sentidos, quedando con cicatrices visibles en su cara que le producen notoria deformidad”, expuso el veredicto.

La culpa de Maturana

En el veredicto se aclara que “Maturana Ojeda procedió intencionalmente a disparar su carabina lanzagases de la manera en que lo hizo. Accionar doloso que se colige de la basta prueba de cargos que será examinada detalladamente en la sentencia, dado que resultó suficientemente justificado que el ex capitán Maturana conocía el arma y los efectos que esta producía en caso de ser disparada en un ángulo de tiro indebido, dirigiéndola de tal manera y a tan corta distancia que resultaba indudable que impactaría a la víctima o alguna de las otras persona que se encontraban en la vía pública cercana a ella”.
FInalmente, el veredicto expone que Maturana “además, tenía el control y el dominio de un medio idóneo para lesionar, y con dicho conocimiento cierto decidió actuar de una manera abusiva y extralimitada con plena libertad, y pudiendo anticipar los resultados dañosos para la integridad de las personas contar quienes dirigió el disparo, de manera tal que en esa decisión evidenció que su intención no fue usar el arma conforme a su naturaleza y finalidad para dispersar o disuadir muchedumbres con el humo del gas lacrimógeno, sino que su propósito fue hacer daño a cualquiera de ellas“.
La Fiscalía solicitó 12 años de cárcel. La sentencia será el lunes 10 de octubre, a las 13:00 horas.