Durante el mes de diciembre de 2020, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) dio a conocer el calendario para las postulaciones de los subsidios que esa cartera entrega a los postulantes que cumplan con los requisitos necesarios.

Sin embargo, no son solo aportes para la adquisición de viviendas los que están disponibles. Esto porque el ministerio también contempla beneficios para arrendatarios y quienes deseen mejorar su lugar de residencia.
 

En el contexto de los arrendatarios, desde la página web del ministerio se destacan los siguientes beneficios:


Subsidio de Arriendo especial para la Clase Media:

 

El beneficio va dirigido para personas de ingresos medios o bajos y que han visto afectados sus ingresos por pérdida de empleo o por la reducción de al menos en un 30% de sus ingresos.

Además de eso, es necesario que el postulante no sea propietario de alguna vivienda,y tampoco lo tiene que ser alguien de su núcleo familiar. En esta ocasión no es necesario pertenecer al Registro Social de Hogares (RSH)

En lo que respecta al beneficio  propiamente tal, permite el pago de arriendo de 3 meses para arriendos que no superen los $600.000

A su vez, se puede optar a un subsidio del 70% del arriendo con un tope máximo de $250.000.

 

Subsidio Arriendo Regular:

Esta modalidad va dirigida a las personas que se encuentren dentro del 70% más vulnerable de acuerdo a los parámetros del RSH.

Se trata de un subsidio de hasta 170 UF que se entrega de manera parcelada, en cuotas que alcanzan un valor mensual de 4,2 UF. Esto para arriendos que no superen las 11 Unidades de Fomento.

En todo caso, se requiere tener un ahorro mínimo acreditable de 4 UF en cuenta de ahorro para la vivienda.

Asimismo se debe acreditar núcleo familiar.

 

 Arriendo Adulto Mayor

Pueden ser beneficiarios todos quienes tengan más de 60 años y pertenezcan al 70% más vulnerable de la población, bajo los parámetros del RSH.

El subsidio tiene una vigencia de 24 meses, pero puede ser prorrogable si el caso lo amerita. Los dineros podrían llegar a cubrir un 95% del arriendo.

Hay que tener en cuenta que la renta mensual del arriendo no puede superar las 11 Unidades de Fomento.

Se puede postular sin tener núcleo familiar. Pero es necesario NO tener ahorro mínimo.
 

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