Desde hoy jueves 10 de diciembre, día en que los chilenos afiliados podrán realizar la solicitud para retirar el 10%. La ley fue aprobada por una amplia mayoría en el Parlamento y luego promulgada por el Presidente Sebastián Piñera.

Son varios puntos que resolvió el poder Legislativo y Ejecutivo sobre este proyecto, entre ellos temas de impuestos, plazos y los montos a ser depositados.

 

Detalles del segundo retiro del 10%

 

  1. - El plazo de pago de la primera cuota será cómo máximo en 10 días hábiles y la misma cantidad de días para la segunda cuota, posterior a la solicitud del afiliado.
     
  2. - El retiro exime de impuestos a rentas bajo los 1,5 millones.
     
  3. - El reintegro de los fondos no es obligatorio.
     
  4. - Quienes tengan menos de 35 UF (1 millón) recibirán el pago total de los fondos en una sola cuota.
     
  5. - El retiro tiene un mínimo de 35 UF ($1 millón) y un máximo de 150 UF ($4,3 millones).
     
  6. - El retiro será universal a excepción funcionarios públicos de alto rango y quienes tengan rentas vitalicias.
     
  7. - Quienes deben pagar impuestos se paga en operación renta del próximo año.
     
  8. - Aprobación del retiro forzoso para quienes tengan deudas de pensión alimenticia.

     
    El proceso será digital por al menos dos semanas. (Foto: agencia Uno)

    El proceso será digital por al menos dos semanas. (Foto: agencia Uno)

  9.  

¿Cómo será el proceso de retiro?

 

El pago se efectuará en dos cuotas, la primera deberá ser pagada en un plazo máximo de 10 días al igual que la segunda, esto luego de que el afiliado ingrese su solicitud.

Si los fondos son menores a 35 UF, se podrá retirar la totalidad de ellos en una única cuota, igualmente será pagado en un plazo máximo de 10 días. El proceso será digital, por lo menos las dos primeras semanas y las solicitudes se harán en las páginas habilitadas por cada AFP el día correspondiente, por lo pronto se habilito el sitio web www.mi10afp.cl en donde estará toda la información disponible a cerca de este segundo retiro.

En cuanto al pago de impuestos, el Gobierno eximió de pago a quienes ganen menos de $1.500.000, cabe destacar que no se cancelan al momento del retiro, sino que en la Operación Renta del año siguiente al retiro, por ejemplo si decides retirar tu 10% en diciembre pagarás el impuesto en la Operacion Renta en abril de 2021, y si dejas el retiro para enero del próximo año, los impuestos se cancelan en 2022.