Los adultos mayores reciben diversos beneficios por parte del Estado, con el objetivo de mejorar las pensiones de miles de jubilados. Uno de los aportes más importantes es el Bono de Reconocimiento el cual se agrega a la cuenta de capitalización individual de cada persona, el monto ahorrado que hayan registrado en las cajas de previsión del antiguo régimen. Conoce a continuación quiénes pueden solicitar este aporte monetario.

¿Quiénes pueden solicitar el Bono de Reconocimiento?

Podrán solicitar el Bono de Reconocimiento todas las personas que hayan cotizado en una de las siguientes cajas de compensación:

  • Empart (Caja de Previsión de Empleados Particulares).
  • Sepregas (Sección de Previsión Social de los Empleados de la Compañía de Consumidores de Gas de Santiago).
  • Capregil (Caja de Previsión de Trabajadores de Gildemeister).
  • Serecch (Sección de Retiro de los Empleados de Mauricio Hochschild).
  • Capresal (Caja de Previsión para Empleados del Salitre).
  • CBP (Caja Bancaria de Pensiones).
  • Sepccu (Sección Especial de Previsión para Empleados de la Compañía de Cervecerías Unidas).
  • Capremer (Caja de Previsión de la Marina Mercante, Empleados y Oficiales).
  • SSS (Servicio de Seguro Social).
  • Triomar (Caja de Previsión de la Marina Mercante, Tripulantes y Operarios).

¿Cómo y dónde solicitar el Bono de Reconocimiento?

Para solicitar el aporte monetario el afiliado debe acercarse a su AFP y llenar la solicitud de cálculo y emisión del Bono Reconocimiento, además de completar el Anexo Detalle de Empleadores. 

Estos formularios sólo los puedes encontrar en las AFPs y deben indicar de forma clara los datos identificativos, fecha de afiliación, Caja de Previsión a la que perteneció, empleadores y períodos trabajados. 

¿Se deben cumplir requisitos para realizar la solicitud del bono?

Cómo todo beneficio estatal se deben cumplir requisitos los cuales son:

  • Tener al menos 12 cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.
  • O también registrar al menos una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema nuevo de AFP.