El Presidente Gabriel Boric ofreció residencia y nacionalización a más de 300 nicaragüenses, quienes fueron expatriados por el gobierno de Daniel Ortega por ser opositores a su gestión.

“Ante la reciente decisión del Estado de Nicaragua de privar de su nacionalidad y derechos políticos a más de trescientas personas nicaragüenses, identificadas como opositoras políticas, el Gobierno de Chile arbitrará los medios legales necesarios para ofrecerles la debida protección internacional, que les permita residir en el país y obtener la nacionalidad chilena según las normas constitucionales y legales que la regulan”, comunicó la Cancillería chilena el pasado martes.

“La historia de nuestro país nos ha enseñado que la defensa de la democracia y los derechos humanos, y la solidaridad internacional entre los pueblos, trascienden las coyunturas políticas y forman parte de estándares civilizatorios esenciales para la vida en sociedad”, agrega el comunicado.

Es por esto, que “los Ministerios de Relaciones Exteriores y del Interior y Seguridad Pública, por instrucciones del Presidente de la República, tomarán las medidas correspondientes con el fin de implementar esta decisión”, cierra el Ministerio de Relaciones Exteriores.

¿Qué significa que se ofrezca nacionalidad a nicaragüenses expatriados?

El numeral 4 del Artículo 10 de la Constitución establece que son chilenos: “Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley”. En este caso especifica que “La ley reglamentará los procedimientos de opción por la nacionalidad chilena; de otorgamiento, negativa y cancelación de las cartas de nacionalización, y la formación de un registro de todos estos actos”.

Aquella sería la figura legal por la cual se buscará otorgar residencia y nacionalidad a los más de 300 nicaragüenses expatriados. En este escenario, esta jornada se dio a conocer que la escritora Giconda Belli aceptó la propuesta del Gobierno chileno.

Quienes, al igual que la literaria, acepten el ofrecimiento del ejecutivo podrán optar a tener ciudadanía (“derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran”), luego de haber residido al menos un año en Chile.