Tras un decreto publicado en el Diario Oficial, el Gobierno anunció la ampliación del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en las regiones que se han visto afectadas por los incendios forestales que han afectado a parte de la zona centro sur del país.

¿En qué regiones se extendió?

La medida fue extendida por un periodo de 30 días en las regiones del Ñuble, Bío Bío y la Araucanía.

De acuerdo a lo contemplado en el decreto, se especifica que “Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en las regiones de Ñuble y del Biobío, declarado mediante el decreto supremo Nº 50, de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por un plazo adicional de 30 días, a contar del vencimiento del periodo previsto en el artículo primero del decreto supremo ya individualizado”, misma situación en la región de La Araucanía.

¿Por qué se extendió?

Cabe recordar que la medida se da tras una serie de incendios forestales que destruyeron cerca de 52 mil hectáreas en la región del Ñuble, 208 mil hectáreas en el Biobío y 108.777 en solo La Araucanía.

¿Quiénes serán los jefes de Defensa Nacional designados?

Durante la extensión del Estado de Catástrofe, los jefes de la Defensa Naciónal designados serán:

  • Región del Ñuble: el general de Brigada del Ejército de Chile, Jorge Salinas Schlack.
  • Región del Bío Bío: el contraalmirante de la Armada de Chile, Jorge Keitel Villagrán.
  • La Araucana: el general de la Brigada del Ejército de Chile, Rubén Castillo Herrera (hasta el 10 de marzo). A partír del día siguiente asumirá el general de la Brigada del Ejército de Chile, Ricardo Stangher Quivira.

¿Qué significa el Estado de Catástrofe?

Según la Constitución Política de la República, se establece que “una vez declarado el estado de catástrofe, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente”.

En relación a lo anterior, el Presidente del país podrá “restringir las libertades de locomoción y de reunión; disponer requisiciones de bienes; establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad; y, adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada”.