La Asignación Familiar es un beneficio estatal que busca apoyar a través de una ayuda económica a las familias cuyos beneficiarios sean trabajadores dependientes, independientes, pensionados o subsidiados.

Este bono se ajusta al sueldo del beneficiario, el cual debe ser menor a $907.672 pesos, y se entrega por cada carga familiar que la persona tenga inscrita.

Cabe destacar que para recibir la Asignación Familiar, se debe tener reconocidas y acreditadas todas las cargas familiares. Este trámite se realiza ante la entidad que administra las cargas familiares del trabajador, y puede ser una caja de compensación, una AFP, el IPS, entre otras entidades. 

Una vez realizado el reconocimiento de cargas familiares, el trabajador comenzará a recibir la Asignación Familiar.

Sobre el pago del bono, los montos correspondientes son:

  • Beneficiarios con ingreso mensual de hasta $398.443: reciben $15.597 por carga familiar.
  • Beneficiarios con sueldo mensual entre $398.443 y $581.968: reciben $9.571 por carga.
  • Beneficiarios con ingreso mensual entre $581.968 y $907.672: reciben $3.025 por carga.

A continuación, te contamos cuáles son los requisitos para recibir la Asignación Familiar.

¿Quiénes pueden recibir la Asignación Familiar?

Para acceder al beneficio, se debe cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Ser un trabajador dependiente del sector público o privado.
  • Ser un trabajador independiente afiliado a un régimen previsional (régimen antiguo) al primero de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Ser un trabajador independiente obligado o no a cotizar en el sistema de AFP, que haya acreditado cargas en el IPS.
  • Ser una persona con subsidio de cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Ser una persona con subsidio de cesantía pensionado de cualquier régimen.
  • Ser pensionada de viudez y madre de hijos nacidos antes de que contrajera matrimonio el trabajador o pensionado beneficiario.
  • Ser una persona con niños a su cargo, por resolución judicial.
  • Ser un trabajador con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
  • Ser beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez o Invalidez.
  • Ser beneficiario del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años.