El Préstamo Solidario 2021 del Estado fue un beneficio económico que entregó el Gobierno de Chile, que consistía en un crédito que tenía una tasa de interés de 0% y que estaba dirigido para personas naturales y empresarios individuales para apoyarlas durante la pandemia de Covid-19.

El monto máximo que se podía recibir del préstamo correspondía a la diferencia entre los ingresos promedio del segundo semestre de 2019 y 2020, con un tope máximo $650 mil por mes. 

Para pagar el dinero correspondiente, se debe realizar un trámite en el Servicio de Impuestos Internos (SII), en el caso de quienes solicitaron el préstamo en 2020, debieron pagar la primera cuota en la Operación Renta de 2022, mientras que quienes lo solicitaron en 2021 deberán pagar la primera cuota en el año 2023.

Cabe destacar que, en el caso de quienes sean pensionados, el Préstamo debe ser pagado en la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, que están expresadas en UF y que no pueden superar el 5% del monto de la pensión.

Si quieres saber la cifra exacta qué debes pagar del Préstamo Solidario, solo tienes que ingresar AQUÍ con tu RUT y Clave Única, en donde podrás ver el saldo pendiente que te falta pagar.

¿Cómo se devuelve el Préstamo Solidario?

La devolución se hace en 4 cuotas anuales mediante la declaración de impuesto a la renta, y las cuotas se reajustan de acuerdo al IPC. Cada cuota anual no puede ser mayor al 5% de las rentas que constituyen la declaración anual de impuesto a la renta.

La primera cuota corresponde al 10% del monto solicitado, mientras que las otras tres cuotas corresponden al 30% del dinero.

Por ejemplo, si pediste $400 mil del Préstamo Solidario deberás pagar de la siguiente manera:

  • Cuota 1 (10%): deberás pagar $40.000 + IPC.
  • Cuota 2 (30%): deberás pagar $120.000 + IPC.
  • Cuota 3 (30%): deberás pagar $120.000 + IPC.
  • Cuota 4 (30%): deberás pagar $120.000 + IPC.

¿Cómo se aplica la retención del 3%?

La retención del 3% a los ingresos mensuales se realiza de esta manera:

  • Trabajadores dependientes: Se hace una retención del 3% sobre la renta tributable. Los empleadores son los que deben cumplir con esta obligación.
  • Trabajadores independientes: Se aplica como una retención adicional del 3% en las boletas de honorarios que emita. Lo puede realizar el agente retenedor , y si es la misma persona quien retiene el impuesto, a través del pago de PPM.
  • Empresas individuales: esta se hace a través de un aumento del 3% en la tasa de PPM. Quienes solicitaron el Préstamo Solidario 2020 no verán aumentada la retención, por lo que se mantendrá en un 3% total.