Las micro y pequeñas empresas (Mypes) se han visto grandemente afectadas por la pandemia del coronavirus. Por este motivo, el Gobierno impulsó el Bono Alivio para Pymes, un beneficio de 1 millón de pesos para las mypes que cumplen las condiciones establecidas en la ley.

El plazo para postular al Bono Alivio para Pymes finalizó el lunes 2 de agosto, sin embargo existe un aporte complementario, cuyo proceso de postulación comienza este mes.

Se trata del Bono Adicional Variable, el cual recibirán las mypes que deben pagar IVA y que fueron beneficiadas con el bono de alivio. Estas obtendrán la devolución de tres meses del promedio del débito fiscal de este impuesto declarado por las ventas y servicios por los 12 meses de 2019, con un tope máximo de $2.000.000.

Revisa a continuacón cuáles son los requisitos para obtener el beneficio, desde cuándo puedes postular y cómo hacerlo.
 

¿Cuáles son los requisitos para obtener el Bono Adicional Variable?

Las empresas, sean personas naturales o jurídicas, tienen que cumplir las siguientes condiciones:

- Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020.

- Tener Ingresos anuales por ventas y servicios del giro menores a $726.758.250 en el año 2020.

- Tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos durante 2020 o 2021, o tener al menos un trabajador contratado el año 2020.

- Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

- No desempeñar actividades financieras o de seguros.

- Empresas con deuda de cotizaciones de seguridad social, deben haber destinado el 30% del Bono Alivio MYPES (o pagado el total de la deuda, si corresponde), al pago de las cotizaciones adeudadas.
 


 

 

¿Desde cuándo se puede postular?

El Bono Adicional Variable se puede solicitar desde el 18 de agosto hasta el 18 de octubre de 2021, por una sola vez en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) o directamente AQUÍ.

Una vez dentro, podrás acceder con tu RUT y la clave de la empresa (Clave Única o Clave Tributaria, según corresponda).