Cada vez queda menos tiempo para Navidad.

Y desde ya, las personas comienzan a adelantar las compras de regalos para la época del Viejito Pascuero. 

Por dicha razón, existe el Aguinaldo de Navidad, el cual es un aporte económico entregado durante el mes de diciembre a todas las personas que sean pensionados al 30 de noviembre de 2021 y que cumplan los requisitos establecidos.

Vale destacar, que este dinero no esta afecto a descuentos y nos tributable ni imponible.

En el caso del sector privado este aguinaldo no es obligatorio. 

Sin embargo, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Navidad en caso de que:

-Esté contemplado en su contrato de trabajo.

-Exista un contrato o convenio colectivo en el que el aguinaldo esté incorporado como cláusula.

-El empleador haya hecho esta concesión en una oportunidad anterior, pues se considera una cláusula tácita del contrato (protegida por la norma laboral).

Conoce aquí los detalles.

¿Cuándo pagan el Aguinaldo de Navidad?
 

El beneficio es pagado junto con la respectiva pensión de diciembre.

¿Cuál es el monto de pago?
 

El monto base del Aguinaldo de Navidad para este año es de $23.704.

Aunque, según información oficial, este se incrementará en 13.392 pesos por cada persona que, al 30 de noviembre de 2021, la persona pensionada tenga acreditada como carga familiar, aunque no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar porque su ingreso mensual es superior a $779.882 

En el caso de los trabajadores del sector público que cuentan una remuneración líquida igual o inferior a $794.149, el monto del beneficio será de $59.436, si el sueldo del beneficiario es mayor, el pago se reducirá a $31.440.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al Aguinaldo de Navidad 2021?
 

Las personas que pueden ser beneficiarias de este bono tienen que al 30 de noviembre de 2021 tener alguna de estas calidades:

- Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.

- Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

- Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).

- Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.

- Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.

- Pensionados de reparación: Rettig y Valech.

- Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).

- Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón.

- Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental.

-  Funcionarios del sector público que se desempeñen en cargos de planta, asistentes o del sector de la educación pública.