Es oficial. Luego que en octubre, la FIFA comenzara a aplicar la nueva normativa sobre los representantes del fútbol, en la ANFP se adecúan a los nuevos tiempos, y en el Consejo de Presidentes de esta jornada, se aprobó por unanimidad el nuevo Reglamento Nacional de Agentes del Fútbol.
“La normativa busca establecer y elevar los valores éticos y profesionales de la actividad, garantizar la calidad de los servicios y honorarios justos y razonables aplicados de forma uniforme; limitar los conflictos de intereses; mejorar la transparencia administrativa y financiera; proteger a los jugadores que carecen de experiencia o información, además de mejorar la estabilidad contractual e impedir las prácticas abusivas, excesivas o especulativas”, indica la entidad en un comunicado.
Entre las nuevas reglas que deberán acatar los representantes en el fútbol chileno, destaca que estos empresarios no pueden tener “interés, ni a título personal ni a través de su agencia, en un club, una academia, una liga o una liga jurídicamente independiente“.
A ello se suma que estos agentes no podrán “ser representante o empleado de la FIFA, de confederaciones, federaciones miembro, ligas, clubes u órganos que representen los intereses de clubes o ligas, o de organizaciones vinculadas directa o indirectamente con dichas organizaciones y entidades”.
¿Qué implica este nuevo reglamento para los agentes?
Junto con indicar que en la actualidad existen 25 representantes que cuentan con licencia FIFA para trabajar en la materia, se indica en la normativa que “se establecerá una licencia obligatoria para ejercer como agente“, por lo que “se imposibilita un ejercicio indefinido de la actividad”.
Por si fuera poco, entre otras de las prohibiciones para los empresarios del fútbol está que “no pueden tener intereses en empresas de apuestas, en los 12 meses anteriores al momento de presentación”, y que en caso de no cumplirlos, recibirán castigo.
¿A qué sanciones se exponen los representantes?
En caso de no cumplir con la nueva normativa, desde la ANFP indican que existirán “sanciones de más de dos años respecto a castigos por incumplir reglas éticas, de conducta profesional y también procedimientos penales por blanqueo de activos o corrupción“.
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