Los incendios forestales de Valparaíso que se generaron en el mes de febrero en la región, cobraron vidas y dejaron a una serie personas con problemas económicos a raíz de los siniestros.
Para esto el Sence entrega el Subsidio de Retención Laboral, se trata de un aporte mensual para las empresas con el objetivo de solucionar la continuidad laboral de quienes perdieron su trabajo.
¿Qué es el Subsidio de Retención Laboral?
A este subsidio podrán acceder las empresas con el sistema de Clave Tributaria, identificando a los trabajadores por los cuales solicitan el beneficio, adjuntando la información de cotizaciones previsionales de la remuneración de diciembre 2023.
El dinero se entregará directamente a la empresa siniestrada por cada trabajador postulado. En concreto, se trata de un aporte mensual del 80% de un Ingreso Mínimo Mensual por trabajador con un pago por tres meses, que se podría extender por tres meses más con la posibilidad de extenderse por tres meses más.
Requisitos del Subsidio de Retención Laboral
- Empresas que tributen en primera categoría (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, las empresas en renta presunta, las empresas individuales, etc.) o bien pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros).
- Existencia de una relación laboral a los dos meses previos al siniestro, así como también la continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio. Es decir, si no se mantuviera la relación laboral, verificada por SENCE a través de la existencia de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio por el trabajador individualizado.
- Los contratos por los cuales postule la empresa, deben haber sido ingresados en plataforma de la Dirección del Trabajo conforme a lo establecido en el Artículo 9 del Código del Trabajo https://midt.dirtrab.cl/welcome
- Empresas que se hayan visto siniestradas cuya condición de afectación se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social.