El domingo 17 de diciembre es el Plebiscito Constitucional y para votar es necesario acudir con cédula de identidad o pasaporte. Estos documentos son obligatorios para ejercer el derecho a sufragio, pero ¿qué pasa con las personas que tienen el carnet vencido?

¿Puedo votar con mi carnet vencido?

Si tienes el carnet vencido no te preocupes, ya que podrás votar con tu cédula de identidad o pasaporte vencidos desde el 1 de enero de 2020. Si tu carnet está vencido desde antes, no será válido para votar este domingo.

¿Qué pasa si mi perdí mi carnet?

Si perdiste tu carnet no podrás votar y deberás dejar constancia de la pérdida o extravío en Carabineros o en el sitio web del Registro Civil, para presentar esa justificación cuando seas citado por el Juzgado de Policía Local por no haber votado y evitar una multa.

¿Cuál es la multa por no votar?

La multa por no votar es de 0,5 a 3 UTM, es decir entre $32.100 y $192.650 aproximadamente. Este monto lo deberán pagar quienes no acudan este domino, a menos que cumplan una de las excusas para no votar.

¿Cuáles son las excusas para no votar?

  • Enfermedad
  • Ausencia del país
  • Encontrarse en un lugar situado a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral el día de las elecciones.
  • Por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica. 

Si cumples una de estas excusas, serás citado por el Juez de Policía Local correspondiente a su domicilio electoral en los meses siguientes al Plebiscito para presentar tu excusa.

En caso de que tu excusa sea encontrarte a más de 200 kilómetros de tu local de votación, el día de la elección tendrás que ir a una unidad de Carabineros y dejar constancia de aquello, la cual deberás presentar cuando seas citado.

¿Dónde me toca votar?

Para conocer tu local de votación ingresa a consulta.servel.cl con tu RUT.

¿Ya conoces tu local de votación?

¿Ya conoces tu local de votación?

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