El pasado 22 de diciembre del 2023 se dio inicio al verano en el hemisferio sur del mundo, época del año donde usualmente los trabajadores chilenos hacen uso de su periodo de vacaciones legales.

¿Es el trabajador quien decide la fecha? ¿Puede el empleador negarte las vacaciones? Estas y más interrogantes sobre el periodo de vacaciones buscaremos responder en RedNews.

¿Pueden rechazar la fecha que elegí de vacaciones en mi trabajo? Esto dice la ley en Chile

De acuerdo a la información publicada por la Dirección del Trabajo en su sitio web, es el trabajador quien determina generalmente la fecha en que hará uso de su feriado anual (vacaciones), salvo en el caso del feriado colectivo, aunque eso no es todo, porque el empleador de una empresa o establecimiento que tenga más de 5 trabajadores podría negar la aprobación de las vacaciones solicitadas por el trabajador, ¿en qué situaciones podría ocurrir esto? A continuación, te contamos.

Así es, porque está el caso que el empleador por necesidades de la empresa pueda modificar la fecha propuesta del trabajador, anticipando o postergando para otra oportunidad en que cuente con el porcentaje requerido, esto es el 80% del personal laborando para mantener en servicio a lo menos a las cuatro quintas partes del personal de la empresa o establecimiento.

¡Ojo! Que, si bien las vacaciones son un derecho de los trabajadores, el uso de estas está regulado bajo el artículo 67 del Código del Trabajo, el cual señala que el feriado debe concederse de preferencia en primavera o verano, considerándose las necesidades del servicio. Junto a esto, el escrito de la DT señala que el Reglamento N° 969, de 1933, actualmente vigente, indica que el trabajador debe solicitar por escrito su feriado, con un mes de anticipación, a lo menos, para que el empleador determine la fecha en que lo concederá, y de lo cual éste dejará testimonio en el duplicado de dicha solicitud, que quedará en poder del trabajador.

¿Qué trabajadores reciben el Bono Vacaciones?

Uno de los beneficios que tienen los trabajadores del servicio público es el Bono Vacaciones, beneficio recientemente aprobado como parte del reajuste al sector público para el 2024 y que considera la entrega de un monto que va desde los $52.400 hasta los $104.800 para los funcionarios con cargos de planta o contrata al 30 de noviembre de 2023 de las siguientes instituciones:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la JUNJI.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename o su continuador legal.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
  • Asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.

Revisa todos los detalles de este beneficio para funcionarios públicos en el siguiente link de RedNews.

¿Ya saliste de vacaciones este verano 2023-24?

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