Este miércoles 30 de agosto comenzaron los pagos anuales del Bono Mujer Trabajadora (BTM), bono que entregará un monto de hasta $570.825 a 554 mil trabajadoras beneficiadas.

Ante esto, el Sence habilitó desde el 24 de agosto pasado en su sitio web un simulador que permitirá a las beneficiarias conocer el monto a recibir y el estado de su pago anual.

Inició el pago anual del Bono Mujer Trabajadora: Consulta ti tienes el beneficio

Si deseas conocer el estado de tu pago anual 2022 podrás conocerlo AQUÍ.

Además, te recordamos que el pago se realizará según la opción indicada al sistema al momento de postular, mediante depósito en la cuenta bancaria o por pago en efectivo, disponible con su cédula de identidad vigente en cualquier sucursal de BancoEstado o BancoEstado Express.

En tanto, quienes hayan optado por el pago mensual del beneficio también recibirán un porcentaje del dinero durante esta jornada, específicamente el 25%, ya que el restante 75% se seguirá entregando mes a mes y su próxima fecha de pago corresponde al jueves 31 de agosto.

El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo agrega que quienes tengan dudas con el estado de su pago, podrán interponer un “recurso de reposición” entre el 30 de agosto y el 06 de septiembre 2023. Para hacerlo, deben ingresar con Clave Única al Buzón Ciudadano del Sence.

¿Cómo postular al Bono Mujer Trabajadora?

Si no recibes este beneficio y deseas postular al BTM, debes cumplir los siguientes requisitos.

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).

Revisa aquí si cumples los requisitos.

  • Existen 2 formas de pago; anual y mensual).
    • Pago anual: percibir una renta bruta anual inferior a $7.278.446.
    • Pago mensual: percibir una renta bruta mensual inferior a $606.537.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
  • No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado para el período de renta procesado.
  • En caso de ser trabajadora independiente, debe emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).