El IFE Laboral comenzó un nuevo pago, este bono tiene como objetivo motivar a los trabajadores y trabajadoras a encontrar empleo formal, ofreciéndoles un beneficio mensual directo por iniciar una nueva relación laboral mediante un contrato de trabajo.
Este beneficio se entrega directamente al trabajador, siempre y cuando su remuneración bruta mensual no supere los 3 Ingresos Mínimos Mensuales (actualmente $1.320.000 al 1 de mayo de 2023).
¿Cómo saber si ya me pagaron el IFE Laboral?
A través de la página oficial del SENCE se puede revisar si ya se realizó el pago del beneficio.
INGRESA AQUÍ PARA REVISA SI RECIBISTE EL BENEFICIO Y LA FECHA DE LOS PAGOS.
¿Cuál es el monto que paga el IFE?
El monto del subsidio varía según el perfil del trabajador:
Hombres entre 24 y 55 años: Durante los periodos de remuneración de julio de 2022 a marzo de 2023, recibirán el 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con un tope de $100.000 mensuales.
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: Durante los periodos de remuneración de julio de 2022 a junio de 2023, recibirán el 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con un tope de $300.000 mensuales.
¿Cuáles son los requisitos para obtener el IFE?
Para acceder al beneficio del IFE Laboral, los trabajadores y trabajadoras deben cumplir con los siguientes requisitos:
Tener un nuevo contrato de trabajo, que puede ser indefinido, a plazo fijo, por obra o faena determinada, de temporada o part-time. Este contrato debe haberse iniciado en el mes actual o como máximo el mes anterior a la postulación. El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) verificará que no haya registro de cotizaciones de pensión y/o salud en los tres meses anteriores por el mismo empleador al que se postula para este beneficio.
La remuneración mensual bruta no debe superar los 3 Ingresos Mínimos Mensuales, que corresponde a $1.320.000 al 1 de mayo de 2023.
Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Esto significa que la persona que postula no debe haber estado trabajando con un contrato de trabajo en el mes previo a la postulación al IFE Laboral.