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Beneficios

¿Es obligatorio pagar el Aguinaldo de Fiestas Patrias para empleados públicos y privados?

Descubre si es obligatorio, o no, que te paguen el Aguinaldo de Fiestas Patrias.

Aguinaldo para empleados
© Getty ImagesAguinaldo para empleados

Ya comenzó el pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias, beneficio que pueden recibir algunos pensionados y trabajadores. Sin embargo, no es obligatorio para todos los empleados, conoce aquí por qué.

¿El obligatorio el Aguinaldo de Fiestas Patrias para empleados públicos y privados?

El Aguinaldo de Fiestas Patrias solo es obligatorio para los empleados del sector público, mientras que para quienes trabajan en el sector privado, solo pueden recibir el bono en estos casos:

  • Se encuentra pactado por escrito en el contrato individual de trabajo o en un anexo al contrato de trabajo.
  • Se encuentra pactado por escrito en un convenio o contrato colectivo.
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  • No se encuentra pactado por escrito en un contrato individual de trabajo ni en convenio o contrato colectivo, pero se ha pagado reiteradamente en el pasado. En este caso se genera una cláusula tácita o una especie de ‘derecho adquirido’ para el trabajador, con lo cual el empleador está obligado a pagarlo.

Ante estos casos el empleado puede ser exigirle al empleador, ya que es un derecho de los trabajadores.

¿Cuáles son los montos del aguinaldo?

Los montos del Aguinaldo de Fiestas Patrias para empleados del sector público son los siguientes:

  • $81.196: para trabajadores públicos, cuya remuneración líquida de agosto de 2023 sea igual o inferior a $943.703 pesos.
  • $56.365: para los trabajadores públicos cuya remuneración líquida del mes de agosto de 2023 sea mayor a $943.703 pesos.
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¿Cuándo pagan el Aguinaldo de Fiestas Patrias a los empleados públicos?

De acuerdo al calendario publicado por el Ministerio de Hacienda, estas son las fechas de pago del beneficio:

  • Si recibía el pago el día 18 del mes, ahora la fecha será el miércoles 13 de septiembre.
  • Si recibía el pago el día 19 del mes, ahora la fecha será el jueves 14 de septiembre.
  • Si recibía el pago el día 21 del mes, ahora la fecha será el viernes 15 de septiembre.
  • Si recibía el pago el día 22 del mes, ahora la fecha será el viernes 15 de septiembre.
  • Si recibía el pago el día 23 del mes, ahora la fecha será el viernes 15 de septiembre.
  • Si recibía el pago el día 24 del mes, ahora la fecha será el viernes 15 de septiembre.
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