Son distintos los beneficios que entrega el Estado a los chilenos, muchos de estos son postulables y requieren que se cumplan con ciertos requisitos para poder adquirirlos, como el Subsidio Familiar, el que entrega un pago mensual de hasta 40 mil pesos durante tres años.

Entre uno de sus requisitos se encuentra formar parte del 60% más vulnerable del Registro Social de Hogares y podrán recibirlo todas las personas que no cuenten con condiciones para proveer por sí solas a las causantes familiares.

¿Cómo postular al Subsidio Familiar?

Para poder postular al Subsidio Familiar deberás dirigirte a la municipalidad de la comuna en la que resides y acreditar tus cargas familiares. Aquí deberás consultar qué documentos se exigen para poder postular y entregarlos de forma presencial, los documentos solicitados suelen varias de comuna a comuna pero generalmente se piden los siguientes:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
  • Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

¿Cuáles son los requisitos?

Como ya se mencionó anteriormente, podrán recibir el Subsidio Familiar todas aquellas personas que no estén en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de la asignación, entregándose en el siguiente orden de prioridad:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidos de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

Es importante mencionar que son causantes o cargas del SUF quiénes vivan a expensas de la persona beneficiaria que sean parte de alguno de los siguientes grupos:

  • Sean menores (hasta los 18 años de edad) y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años y que no tengan una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos). Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que fueren personas con discapacidad.
  • Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.