El Subsidio Único Familiar (SUF) en un beneficio económico de $20.328 por carga familiar ($40.656 en el caso de ser discapacitado) que entrega el Estado de Chile a padres, madres y tutores que no tienen previsión social y forman parte del 60% del Registro Social de Hogares (RSH).

¿Cuál es la fecha de pago del Subsidio Familiar de este mes? Revisa el monto que corresponde

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¿Qué es el Subsidio Único Familiar y quienes lo reciben de forma automática?

El SUF es un aporte estatal que pueden solicitar los papás, mamás y tutores a través de los municipios del país y que consta en el pago de $20.328 por carga familiar acreditada, mientras que en el caso de sí la carga es una persona con discapacidad, el monto aumenta al doble, es decir, $40.656.

¿Quiénes reciben este subsidio? El SUF lo pueden recibir padres y tutores que no tienen previsión social y sean parte del 60% del Registro Social de Hogares, mientras que, durante el embarazo, las mujeres también pueden solicitar el Subsidio Maternal (conocido como SUF Maternal) a partir del quinto mes de gestación. Este pago será retroactivo por todo el período del embarazo.

¿Quiénes reciben el SUF de manera automática?

Desde principios de este año el SUF se entrega de manera automática a ciertas personas que cumplan algunos requisitos, estos son:

  • Tener menos de 18 años:
    • Los menores de 8 años deben participar en los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud (MINSAL) para la atención infantil.
    • Los mayores de 6 años tienen que ser alumnos o alumnas regulares de enseñanza básica, media o superior (o equivalentes) en establecimientos reconocidos por el Estado, a excepción de las personas con discapacidad.
  • Pertenece al 40% más vulnerable, según la calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH).

Además, no deben:

  • Contar con reconocimiento para Asignación Familiar.
  • Recibir el Subsidio Familiar a través del municipio.
  • Recibir el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.
  • Tener un ingreso igual o superior al valor del SUF. La pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos.