El Gobierno ha dado a conocer varias ayudas estatales para los afectados por los incendios forestales en la V Región. Cabe recordar que los siniestros han dejado una cifra de 132 fallecidos y miles de damnificados.
Revisa a continuación la lista completa de beneficios y ayudas, cuáles son los montos y cómo acceder a ellas.
¿Cuáles son todos los bonos para los afectados por los incendios?
Bono de recuperación
Es un beneficio destinado a todas las familias residentes en la zona afectada, sin importar si son propietarios, arrendatarios, allegados o de campamentos, que cuenten con ficha FIBE y que registren afectación en su vivienda y/o enseres.
Existen dos tramos:
- Afectación mayor: $1.500.000
- Afectación moderada: $750.000
Ayudas tempranas de habitabilidad
Las familias que perdieron su hogar, podrán optar a las siguientes soluciones transitorias de urgencia:
- Personas propietarias y personas residentes en campamentos catastrados:
- Bono de Acogida: 10 UF mensuales hasta que tengan una solución de techo transitoria o definitiva.
- Vivienda de emergencia: para cuenten con un terreno en condiciones adecuadas para su instalación.
- Hotel: estadía de tres meses, solo en el caso de familias con mujeres embarazadas o con personas con dependencia severa funcional.
- Familias que vivían en condición de allegados: Bono de Acogida como solución transitoria.
- Familias arrendatarias: Bono de Acogida por tres meses.
Bolsillo electrónico de Emergencia
Se trata de un beneficio de 50UF a las familias propietarias y allegadas, que hayan sufrido poca o mediana afectación en sus viviendas.
Se espera que con el dinero adquieran materiales de construcción o ferretería en comercios del rubro.
Subsidio Retención Laboral
Es un beneficio que financia la continuidad del empleo en micro, pequeñas y medianas empresas, que tengan contratados hasta 199 trabajadores y que hayan sido siniestradas por la emergencia.
Consiste en un aporte en dinero al empleador por cada trabajador formal registrado. El monto corresponde al 80% de un sueldo mínimo por 3 meses y un 60% del sueldo mínimo por los siguientes 3 meses.
El resto lo debe aportar el empleador, puesto que ningún trabajador puede percibir menos que el Ingreso Mínimo Mensual.