El Seguro de Cesantía fue un tema clave en la época de la pandemia bajo el contexto de los despidos, ya que es un trámite que se puede realizar a través de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Siempre y cuando la persona haya quedado cesante por renuncia, despido o fin del contrato; podrá realizar giros mensuales con los detalles que te mencionamos a continuación.

Así puedes saber cuánto dinero tienes en tu Seguro de Cesantía de la AFC

Lo primero que debes hacer es ingresar a www.afc.cl una vez ahí, debes saber si estás afiliado o no, para eso haz clic en “Consultar tu estado de afiliación”.
Si estas afiliado al AFC, debes hacer clic en “Ingresar a Sucursal Virtual”, donde podrás ver tus datos y cuánto tienes de saldo en tu Seguro de Cesantía.

¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía? Paso a paso para realizar el trámite.

Lo primero que debes hacer es ingresar al sitio de la AFC aquí con tu RUT y clave de acceso o bien con la Clave Única del Registro Civil. Luego debes completar tus datos e ingresar el finiquito o documento que acredite la cesantía.
También puedes ir presencialmente a una sucursal de la AFC, con el carnet de identidad vigente y el finiquito o documento que acredite la cesantía.

¿Quiénes pueden pedir el Fondo de Cesantía Solidario?

Tienen derecho a este beneficio quienes cumplan con lo siguiente:
• Personas que se encuentren cesantes al momento de la solicitud.
• Cuyos recursos en la cuenta individual de cesantía sean insuficientes para financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes que establece la ley.
• Cuenten con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido, las que deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al término de la relación laboral.


• Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
• Cuyo contrato de trabajo haya terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
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