El IPS entrega anualmente el Aguinaldo de Navidad a pensionados del organismo que cumplan con los requisitos, este 2022 el monto es de $25.150 y se paga junto a la pensión del mes de diciembre, es por eso que se unirán ambos beneficios. El pago podría aumentar a pensionados que cumplan con el siguiente requisito.

El importante dato del Bono de Navidad para pensionados que debes conocer

El pago del Aguinaldo de Navidad a pensionados puede aumentar, solo en el caso de pensionados que tengan acreditadas cargas familiares al 30 de noviembre del 2022, pueden recibir $14.209 más en el pago del Aguinaldo Navideño.

En dichos casos, se podrían sumar $14.209 por cada carga familiar al monto del Bono Navidad que son $25.150 este año.

Seguimiento de pago Bono Navidad

Chile Atiende habilitó un sitio web para que las personas puedan consultar la fecha de pago del Aguinaldo de Navidad 2022, para eso debes INGRESAR AQUÍ con tu RUT.

¿Qué pensionados reciben el Aguinaldo de Navidad?

Pensionados y pensionadas que cumplan con alguno de los siguientes puntos al 30 de noviembre del 2022.

  • Pensionados de las ex-Cajas de Previsión y del ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal que, previo a la entrada en vigencia de la ley, hayan sido beneficiarios de una pensión básica solidaria de vejez
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal que, previo a la entrada en vigencia de esta ley se encontraban percibiendo el aporte previsional solidario de vejez.
  • Pensionados del sistema establecido en el decreto ley Nº 3.500, de 1980 (AFP y Companías de Seguros), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal, por cumplir los requisitos.
  • Beneficiarios de una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados de AFP o compañías de seguro con Aporte Previsional Solidario  de Invalidez
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.
  • Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).
  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental.