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cuarto retiro del 10%

Cuarto Retiro del 10% AFP | ¿Cuáles son los proyectos en discusión y cuánta plata puedo sacar si se aprueban?

La Cámara Baja está discutiendo los proyectos de Pamela Jiles (PH) y Jorge Durán (RN).

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La cámara de diputados debe aprobar o rechazar los proyectos.
© Agencia UNOLa cámara de diputados debe aprobar o rechazar los proyectos.

Los proyectos para el retiro del Cuarto Retiro del 10% de los fondos previsionales, tienen varias opiniones contrapuestas en sus primeros días de discusión en la Cámara Baja. La discusión es álgida, de cara a permitir otro rescate de los ahorros de los afiliados, lo que puede afectar gravemente sus pensiones al final de su vida laboral.

En esa línea, parlamentarios abogan por extender los beneficios gubernamentales, mientras otros plantean la posibilidad de que cada afiliado ejerza su derecho a retirar en caso de que lo estime conveniente. Así las cosas, dos proyectos lideran las conversaciones de un retiro parcial de las Administradoras de Fondos de Pensión (AFP).

Proyecto de Pamela Jiles:

La diputada del Partido Humanista plantea el retiro universal de los fondos previsionales. El máximo, sin embargo, no podrá exceder las 150 Unidades de Fomento (UF); es decir, más de $4.445.994. De igual forma, el rescate del fondo no podrá ser inferior a 35 UF ($1.037.398).

Si el saldo del afiliado es menor a 35 UF, podrá hacer efectivo el retiro total de sus fondos acumulados en su cuenta personal.

El 50% del monto retirado se deberá pagar en un plazo máximo de diez días hábiles desde que se presente la solicitud. En tanto, el otro 50% demorará diez días más desde el pago anterior.

Este trámite tendrá una vigencia de 365 días desde su publicación en el Diario Oficial.

Proyecto de Jorge Durán:

El diputado oficialista de Renovación Nacional, plantea que los afiliados podrán retirar mensualmente desde cinco ingresos mínimos mensuales ($1.632.500) hasta un máximo de 150 UF ($4.445.994) de su cuenta personal.

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Ahora bien, deben cumplirse ciertos requisitos para poder hacer efectivos los retiros:

Tiene que estar vigente un Estado de Catástrofe por calamidad pública derivado de una pandemia, o bien, una declaración de alerta sanitaria de la autoridad respectiva.

Que los fondos previsionales que registre el afiliado actualmente, proyectados a la edad de su jubilación, sean insuficientes para financiar una pensión superior a las 25 UF ($740.000 aprox.), en la forma que determine la ley.

Esta iniciativa no contempla plazos en los que se deben pagar los respectivos retiros.

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