El Bono Trato al Usuario es un beneficio dirigido a los funcionarios de los establecimientos de salud que trabajen en centros de salud primaria municipal y servicios dependientes del Ministerio de Salud como hospitales, institutos, centros de diagnóstico terapéutico, centros de Salud Familiar, centros de referencia y consultorios.

¿En qué consiste el beneficio del Bono Trato al Usuario?

El Bono Trato al Usuario consiste en una asignación anual que se paga a los trabajadores de salud que fueron mejor calificados en el buen trato hacia los usuarios y pacientes luego del proceso de evaluación del mejoramiento en la calidad del trato que se da a los usuarios.

Este se paga en una sola cuota y deberá ser entregado a más tardar el día 30 de noviembre, siendo sus montosa las horas contratadas expresadasen 44 horasy se pagará proporcionalmente a los meses completos trabajados.

¿Cómo saber si soy beneficiario del bono?

Para poder recibir el beneficio los establecimientos de Atención Primaria de Salud deberán alcanzar en el instrumento de evaluación de puntaje 65% o equivalente en la medición del trato a los usuarios, esto también aplica para los dependientes del Ministerio de Salud.

Todos los establecimientos deberán pasar por un proceso de evaluación por lo tanto es probable que no todos los funcionarios reciban el beneficio.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el beneficio?

Los trabajadores pertenecientes a servicios municipales que estén considerados en el Estatuto de Atención Primaria Municipal y trabajadores dependientes del Ministerio de Salud pertenecientes a plantas de técnicos, administrativos y auxiliares, además del personal titular de cargos directivos de carrera (que no perciban asignación profesional ni asignación especial por poseer un título a nivel técnico) podrán recibir el beneficio si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Ser funcionario titular o contrata y contar con contrato vigente a la fecha de pago
  • No haber tenido lagunas en los contratos entre diciembre de 2021 y noviembre de 2022
  • No tener ausencias injustificadas entre diciembre de 2021 y noviembre de 2022
  • No haber sido calificado o calificada en lista 3 o 4.