Este año Chile vivirá nuevamente un proceso constituyente, el cual tendrá sus primeras elecciones el próximo 7 de mayo con voto obligatorio, por lo que si no asistes a sufragar deberás pagar la multa impuesta por el Servel que va desde las0,5 a 3 UTM (desde los $31.537 a $189.222).

¿Te eligieron como vocal de mesa? Hoy termina el plazo para presentar las excusas

El Servel hizo un llamado a los electores que fueron elegidos como vocal de mesa, para que desde el lunes 17 hasta este miércoles 19 de abril presentaran sus excusas ante la Junta Electoral correspondiente. El trámite se puede hacer por correo electrónico envíando los datos solicitados.

Si aún no revisas el listado de vocales de mesa, ingresa con tu RUT aquí al sitio del Servel, de esta forma podrás ver si fuiste designado para el cargo, el local de votación, mesa, si estás o no habilitado para sufragar y otros datos electorales.

¿Cuál es la multa si no me presento como vocal de mesa?

Si no te presentas el día de las elecciones deberás pagar una multa que vade2 a 8 UTM,sanción que va a beneficio municipal y equivale de$126.148 a $504.592 (Según el valor de mayo).

Excusas válidas para no ser vocal de mesa

El Servel informa que las excusas son las siguientes:

  • Que el vocal comprendido esté entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45, o haber sido designado miembro del colegio escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la junta.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado de un médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control del mismo o un certificado médico.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.