La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) emitió una circular que establece que las parejas del mismo sexo pueden acceder al Permiso Postnatal Parental. Cabe recordar que este beneficio está dirigido a madres trabajadoras, posterior al período de reposo postnatal, pudiendo ser de 12 semanas a tiempo completo o 18 semanas con media jornada laboral.
Hasta ahora el permiso podía ser traspasado solo al padre, pero con la ley de Matrimonio Igualitario podrá ser traspasado tanto a una madre, como a un padre.
¿Cómo funciona el postnatal parental en parejas del mismo sexo?
La Circular N° 3.726 de la Suseso indica lo siguiente:
Matrimonio entre dos mujeres
Si una de las cónyuges es gestante, accederá a todos los derechos consagrados en el Código del Trabajo sobre Normas de Protección a la maternidad, pudiendo transferir a su cónyuge no gestante parte del permiso postnatal parental según las normas vigentes.
Matrimonio entre dos mujeres o entre dos hombres que adoptan un hijo
Uno de los cónyuges tendrá derecho al postnatal parental, pudiendo eventualmente transferir a su cónyuge una parte del permiso postnatal parental. La decisión de quién toma el permiso postnatal parental deberá ser consensuada y manifestada por escrito ante ministro de fe.
Matrimonio entre dos hombres
Si uno de los cónyuges es el padre biológico de un hijo o hija, la madre trabajadora puede ceder al padre biológico el permiso postnatal parental, siempre y cuando este haya reconocido su paternidad conforme a la normativa vigente.
“Nuestra nueva normativa permite dar más certeza en la aplicación del postnatal parental en estos casos, actualizando los instrumentos de la seguridad social a la realidad de nuestro país y los diversos tipos de familia existentes, priorizando el bienestar de los hijos e hijas, cualquier sea la composición del matrimonio”, dijo la superintendenta de Seguridad Social, Pamela Gana.