En septiembre se paga el Aguinaldo de Fiestas Patrias a trabajadores. Sin embargo, no todos reciben el pago, sino que exclusivamente quienes cumplen ciertos requisitos.

¿Qué trabajadores recibirán Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Los únicos trabajadores que tienen asegurado el Aguinaldo Fiestas Patrias son los empleados públicos.

Los trabajadores del sector privado no reciben el pago, ya que no es obligación para los empleadores entregarlo, por lo tanto queda a su voluntad el pago del beneficio.

El único caso en que trabajadores del sector privado reciben obligatoriamente el Aguinaldo Fiestas Patrias es si está estipulado en el contracto o en un acuerdo colectivo.

¿Cuáles son los requisitos para trabajadores públicos?

Recibirán el Aguinaldo los trabajadores públicos que al 31 de agosto de 2024 desempeñen cargos de planta o a contrata entidades como:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la JUNJI.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.

¿Cuál es el monto?

Existen dos tramos dependiendo del sueldo del trabajador:

  • $85.093: para quienes tienen un sueldo líquido igual o inferior a $984.282 a agosto de 2024.
  • $59.071: para quienes tienen un sueldo líquido superior a $984.282 a agosto de 2024.

¿Hay que postular?

No, el pago se realiza automáticamente junto con el sueldo del mes de septiembre a los trabajadores que cumplan con los requisitos.