Senado aprueba Acuerdo de Escazú y Chile se unirá al pacto regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. La Cámara Alta aprobó por 31 votos a favor, 3 en contra y 11 abstenciones.
Previo a la votación, la Ministra de Relaciones Exteriores, Antonia Urrejola, detalló que “es un acuerdo de cooperación entre los Estados parte, existe una instancia donde se intercambian las buenas prácticas en justicia ambiental o en materia de protección a defensores ambientales como también los errores”.
“Creo que eso es muy importante cuando estamos en una región que está gravemente afectada por la crisis climática y donde más asesinatos se comenten a defensores de derechos humanos y particularmente a defensores ambientales. Lo que hace el Acuerdo de Escazú es reforzar la democracia ambiental”, comentó la Canciller.
Detalles del Acuerdo de Escazú
El Acuerdo de Escazú es el primer tratado medioambiental de América Latina y el Caribe. Un total de 25 países firmaron el tratado, sin embargo, hasta ahora solo 12 de ellas ratificaron el acuerdo: Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, México, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nevis, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía y Uruguay. A ellos se les unirá Chile, que acaba de aprobar su adhesión.
El tratado en sí tiene tres pilares fundamentales, que se basan en la protección de los derechos a acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia ambiental.
Gracias al derecho al acceso a la información, cualquier persona podrá solicitar información pública sobre proyectos que afecten al medio ambiente.
La participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales, busca que la ciudadanía pueda vigilar los proyectos que pudiesen tener un impacto negativo en el medioambiente.
Y por medio del acceso a la justicia ambiental, la cual podrá ser impulsada por cualquier persona, se tendrán garantías al debido proceso y un entorno seguro y propicio para que las personas, grupos u organizaciones de defensa y promoción de derechos humanos medioambientales, para que puedan actuar libres de amenazas.