El Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) es un aporte económico que busca garantizar un sueldo liquido de $340.817 pesos a la clase trabajadora del país, con el objetivo de paliar los efectos negativos de una crisis económica que ha golpeado profundamente los bolsillos de la población chilena.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Ser un trabajador dependiente.
  • Tener un contrato suscrito al Código del Trabajo.
  • Recibir un sueldo bruto menor a $452.477 pesos.
  • El contrato debe tener una jornada ordinaria, es decir superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
  • Tener una calificación socioeconómica dentro del tramo del 90% más vulnerable de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).

¿Cómo lo recibo?

Este no se trata de un beneficio automático, por lo cual deberás postular al Ingreso Mínimo Garantizado. Sigue estos pasos para postular:

Una vez que verifiques que cumples con los requisitos establecidos por la ley, posteriormente ingresa AQUÍ con tu ClaveÚnica, o bien en este ENLACE para postular con tu RUT, fecha de nacimiento y número de documento.

Luego, deberás completar toda la información que te soliciten y los datos de tu cuenta bancaria para recibir el subsidio. Finalmente, acepta las condiciones y deberás hacer clic en “enviar”. Una vez realizado este paso estarás postulando al IMG.

¿Cuándo se paga?

El pago se comienza a recibir al mes siguiente al cual postulas y obtienes el beneficio, es decir, si postulas en enero y eres beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado, entonces comenzarás a recibir el pago durante el mes de febrero.

En relación a lo anterior, el pago del beneficio se suele entregar durante los últimos cinco días hábiles de cada mes.

¿Puedo recibir el IMG si recibo otros beneficios?

Cabe destacar que solo existirán incompatibilidades con el Subsidio al Empleo Joven y el Bono al Trabajo de la Mujer.

Desde ChileAtienden explican que: “Si el trabajador o trabajadora recibía el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no podrá recibirlos junto con el subsidio para el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). En esos casos, solo recibirá el subsidio para el IMG. Sin embargo, si por los otros subsidios habría recibido más, se le pagará la diferencia a favor en el proceso de liquidación del año siguiente”.