El Subsidio DS19 es uno de los tantos subsidios para adquirir una vivienda que entrega el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), en este caso específico el Subsidio DS19 no requiere postulación previa pero sí hay que cumplir con una serie de requisitos.
¿En qué consiste el Subsidio DS19?
El Subsidio DS19 o Programa de Integración Social y Territorial, permite a las familias de distintas realidades socioeconómicas adquirir una casa o departamento con apoyo del Estado.
Para poder solicitarlo no es necesario postular ya que el trámitese debe hacer directamente en la inmobiliaria, siempre que estásmantengan convenio con el MINVU. De igual forma hay que cumplir una serie de requisitos requeridos para poder acceder al beneficio.
Además para acceder al beneficio se puede hacer sin contar con algún subsidio habitacional del MINVU o contandocon uno, ya que existen tres formas de adquirir la vivienda.
¿Quiénes pueden postular?
Para poder adquirir el beneficio los que quieran acceder deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 18 años
- Poseer cédula de identidad vigente
- Ser sujeto a crédito hipotecario y no contar con DICOM
- Contar con un ahorro mínimo de 40 UF a 80 UF según el valor de la vivienda, en una cuenta de ahorro para la vivienda
- Pertenecer desde el 50% hasta el 90% del Registro Social de Hogares
- No tener una propiedad (postulante, cónyuge, conviviente civil o integrantes del grupo familiar declarado).
- Tener una antigüedad laboral de 12 meses
- No acreditar una renta líquida mayor a 60 UF
Es importante mencionar que existen tres formas de acceder a la compra de viviendas con el Subsidio DS19, que son:
- Sin deuda hipotecaria: se puede acceder si se cuenta con los subsidios DS174, DS49 o DS1 y permite adquirir una vivienda de hasta 1.100 UF, la cual se pagaría con ahorro, subsidio y bonos.
- Con deuda hipotecaria: se puede acceder si se cuenta con el Subsidio DS1 y permite comprar una vivienda de hasta 1.400 UF si se encuentra en el tramo I y de 2.200 UF si se encuentra en el tramo 2 y 3.La vivienda se pagaría con ahorro, subsidio, bonos y aporte (contado o hipotecario).
- Sin subsidio: se puede acceder siempre que se cumpla con un ahorro previo, pertenecer hasta el 90% del Registro Social de Hogares y no contar con una propiedad, ya sea el postulante mismo, cónyuge, conviviente civil o integrantes del grupo familiar declarado y permite adquirir una vivienda de hasta 2.200 UF.