El Fondo de Cesantía Solidario es un aporte que garantiza beneficios mínimos a los afiliados de laAdministradora de Fondos de Cesantíaqueno cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual de cesantíaal momento de perder su trabajo.

¿Cómo obtener el Fondo de Cesantía Solidario?

Para obtener el Fondo de Cesantía Solidariose debeingresaralsitio web de la AFC (AQUÍ) con elRUTy clave de acceso AFC o Clave Única.

Una vez dentro, deberás completar tus datos e ingresar el finiquito o documento que acredite la cesantía.

El trámite también se puede realizar de forma presencial enunasucursal de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con la cédula de identidad vigente y el finiquito o documento que acredite la cesantía.

¿Cuáles son los requisitos?

Para solicitar el Fondo de Cesantía Solidario se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar cesante al momento de la solicitud.
  • Que los recursos en la cuenta individual de cesantía sean insuficientespara financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes que establece la ley.
  • Contarcon 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido, las que deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al término de la relación laboral.
  • Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
  • Que el contrato de trabajo haya terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
  • Activar lacuenta en la Bolsa Nacional de Empleoy aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.

¿Cómo se paga el beneficio?

El Fondo de Cesantía se paga por cinco mesessi se tienecontrato indefinido, y por tres mesessi tienecontrato a plazo fijo.

Si sepermanece cesante, independiente del tipo de contrato, se podrá recibir dos giros adicionalescuando la tasa de desempleo nacional informada por el INE supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.

Estos giros adicionales no se consideran en el límite de acceso al Fondo Solidario.