En mayo de este año se aumentó el sueldo mínimo de $350 mil a $380 mil brutos mensuales, mientras que en agosto el salario mínimo llegará a $400 mil al mes, el alza más grande en los últimos 29 años. 

Esto se da principalmente en el marco del alza del costo de la vida que han tenido los chilenos en el último tiempo, de hecho, en los últimos 12 meses la inflación aumentó en 12,5%.

Esta inflación se determina a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que calcula el alza de diferentes productos y servicios para fijar el alza del costo de la vida. A través del IPC, también van variando algunos bonos y ayudas estatales que se adecuan al alza de este.

De la misma forma, hay algunos trabajadores que reciben un aumento de su sueldo ante la subida del IPC. Esto es completamente independiente del salario mínimo que entrará en vigencia, ya que se aplica solo para algunos trabajadores y trabajadoras en particular.

¿A quiénes se les subirá el sueldo producto del IPC?

Según la ley, las empresas y cualquier otro organismo no están obligados a reajustar el sueldo producto de la inflación, sin embargo, pueden hacerlo de manera voluntaria si así lo consideran pertinente.

Los empleadores que sí tienen la obligación de subir el sueldo por el IPC son los tienen un acuerdo con su trabajador o trabajadora, ya sea en contratos individuales o colectivos de trabajo.

En algunos casos ocurre por ejemplo, que el sindicato acuerda con la empresa una modificación de salario semestral o anual (u otra periodicidad), dependiendo de las cifras del IPC.

¿Cuánto subirían los sueldos por el IPC?

Esta cifra depende del periodo de IPC que se calculará para aumentar el sueldo. Por ejemplo, si se determina en base al IPC de los últimos 12 meses, el reajuste sería de 12,5%, pero si fuera semestral entre enero y junio el aumento sería en 5,8%. Todos estos periodos de tiempo están fijados en el contrato de trabajo.