Este viernes 26 de abril la jornada laboral se deberá reducir a 44 horas semanales. Esta medida forma parte de la Ley 40 horas que reduce la jornada de forma paulatina. En caso de que tu empleador no respeta el cambio, existen alternativas de denuncia por incumplimiento de la ley.

¿Cómo denunciar si no respetan las 44 horas?

Si tu empleador no respeta la rebaja de la jornada la boral de 45 a 44 horas semanales, podrás presentar un reclamo la Inspección del Trabajo o demandar directamente el incumplimiento del Código del Trabajo ante los Tribunales del Trabajo.

El trámite se puede hacer online o presencial y de forma confidencial si el trabajador así lo desea. Es importante aclarar que se deben presentar todos los antecedentes necesarios para respaldar la denuncia.

Asimismo, se debe aclarar que la reducción de la jornada laboral debe aplicarse disminuyendo una hora de trabajo uno de los días de la semana. El empleador no puede restar 12 minutos de la jornada los cinco días de la semana y tampoco puede agregar 12 minutos a la hora de colación. Esto está respaldado por un dictamen de la Dirección del Trabajo.

¿El almuerzo se incluye en la jornada laboral?

No, el almuerzo no está incluido en la jornada laboral. Por ejemplo, si tu contrato indica que trabajas 40 horas a la semana, tu horario podría ser de 8:00 horas a 17:00 horas, incluyendo la hora de colación.

El artículo 34 del Código del Trabajo indica la siguiente:

La jornada de trabajo se dividirá en dos partes, dejándose entre ellas, a lo menos, el tiempo de media hora para la colación. Este período intermedio no se considerará trabajado para computar la duración de la jornada diaria.